Dirección de ObraSegún la ley 38/99, de Ordenación de Edificación: “El director de la ejecución de la obra es elagente que, formando parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado”¿Qué aporto como Dirección de Ejecución de Obra?Si cuenta conmigo para su proyecto le ofrezco:Implicación en el proyecto desde el minuto 0.Asesoramiento en las gestiones con las distintas administraciones (Ayuntamientos, consejerías, etc…)Mi experiencia de más de 20 años en el sector.Asesoramiento técnico en la elección de los materiales más apropiados.Seguimiento exhaustivo de la ejecución de obra.Control de la calidad de los materiales empleados.Control económico de certificaciones.Planificación de plazos de entrega.Seguimiento post venta. Santiago Rodríguez AlcarazArquitecto Técnico, Ingeniero de Edificaciónsarquitectotecnico@gmail.com